PRECIOS SERVICIO MADRUGADORES CURSO 2016/2017



PRECIOS MENSUALES POR PARTICIPACIÓN USUARIOS HABITUALES MADRUGADORES                                                                      

                                       16,00 €/mes (por niñ@)

EL PAGO HA DE HACERSE EN LOS 10 PRIMEROS DÍAS DEL MES EN LA CUENTA:
                                            
                                                 ES53 2108 4401 11 0033085525






PRECIO/DÍA POR PARTICIPACIÓN USUARIOS ESPORÁDICOS MADRUGADORES

                                           3,00 €/día (por niñ@)

EL PAGO HA DE HACERSE CON ANTERIORIDAD AL DÍA EN QUE SE USE EL SERVICIO EN LA CUENTA:     ES53 2108 4401 11 0033085525




CAUSAS PARA SOLICITAR BONIFICACIÓN O EXENCIÓN (HABITUALES)

  • Familias numerosas:
    • 50% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría general (8,00 € por cada hijo que asista al programa).
    • 100% por ostentar la condición de familia numerosa de categoría especial (todos los hijos quedan exentos de pago).
  • Personas con discapacidad:
    • 100% por acreditar ser una persona con discapacidad (exención de pago para el hijo discapacitado).
  • Familias víctimas de actos terroristas:
    • 100% por acreditar ser víctima de terrorismo (todos los hijos quedan exentos de pago).
  • Familias con dos hijos usuarios del programa que no tengan la condición de familia numerosa:
    • 50% por el segundo hijo que asista al programa (16,00 € por el primer hijo y 8,00 € por el segundo).
    • Bonificación condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.
  • Familias monoparentales:
    • Familias monoparentales con dos hijos usuarios del programa: 50% por el primer hijo que asista al programa y 100% por el segundo (8,00 € por el primer hijo y exención de pago para el segundo).
    • Familias monoparentales con un solo hijo usuario del programa: 50% (8,00 €).
    • Exención condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.
  • Familias víctimas de violencia de género:
    • 100% por acreditar ser víctima de violencia de género (todos los hijos quedan exentos de pago).
    • Exención condicionada a la renta que determine la Junta de Castilla y León.

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